Oficiales de Justicia. Funciones y limitaciones
07/01/2020
Guillermo Ibarra

El Oficial de Justicia es un ejecutor judicial. Es el funcionario de la administración de justicia cuya función consiste en practicar, documentada y coercitivamente, las órdenes del juez, en lo relativo a las comunicaciones (notificaciones) e intimaciones de carácter ejecutorio o ejecutivo (mandamientos). Los alguaciles, ujieres y otros subalternos, embargan, desahucian, notifican, emplazan y realizan los demás actos que a una causa interesen.
Estos funcionarios desempeñan, dentro del orden de la Administración de justicia, funciones altamente diferenciadas: como ejecutores, se limitan a dar cumplimiento a la orden judicial, documentando el acto con la fuerza del instrumento público; carecen de toda atribución que implique la modificación del ordenatorio o mandato. En el ejercicio de su función están legitimados para requerir el auxilio de la fuerza pública y podrán allanar domicilios en caso necesario.