SENASA prorrogó hasta el 15, el plazo para trasladar hacienda inmunizada no vacunada
04/05/2020
Guillermo Ibarra
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) prorrogó hasta el día 15 de mayo de 2020 inclusive el plazo para trasladar hacienda inmunizada no vacunada en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia de Covid-19.
El nuevo plazo fue publicado en el Boletín Oficial mediante Disposición 134/2020. «En virtud de las prórrogas establecidas por el Poder Ejecutivo para el cumplimiento del aislamiento social, preventivo y obligatorio y considerando el grado de avance alcanzado a la fecha en la 1° campaña de vacunación 2020, resulta necesario continuar con la adecuación de las medidas en materia de prevención sanitaria y de movimientos de animales de producción y abastecimiento», destacó el documento.
Cabe destacar que la resolución 288/20, publicada el pasado 25 de marzo, exceptuó el cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa correspondiente a la campaña en curso para «los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación».
«Dicha excepción procederá solo cuando estos animales se destinen a establecimientos que, al momento de la recepción, tampoco hayan cumplimentado o completado en su totalidad la vacunación correspondiente a la primera campaña de vacunación contra la fiebre aftosa del corriente año», detalló la normativa.
Asimismo, según el artículo 3 de la resolución, «la presente medida no alcanza a los bovinos y bubalinos que aún no hayan recibido su primo-vacunación contra la Fiebre Aftosa».
Fuente: BCR News