ANSES INFORMA. 17 DE JULIO.
17/07/2017
Guillermo Ibarra
Buenos Aires, 17 de julio de 2017.
Cómo solicitar la Certificación de Servicios para iniciar la jubilación.
La ANSES recuerda que todos los trabajadores deben exigir a su empleador la Certificación de Servicios y Remuneraciones, la cual demuestra los servicios prestados y los salarios percibidos en los períodos trabajados en relación de dependencia, y es necesaria para realizar el futuro trámite jubilatorio. Puede pedirse ya sea al finalizar la relación laboral o en cualquier momento.
En los casos de cese de la relación laboral, el empleador deberá entregar la certificación dentro de los 30 días corridos a partir de la fecha de extinción del contrato de trabajo. Si no lo hiciese y el trabajador lo intimara de modo fehaciente a extender la certificación en cuestión, el empleador contará con un plazo de 2 días hábiles computados a partir del día siguiente al de la recepción de la intimación.
Si el empleador no hiciese lugar a esta intimación referida, podrá resultar sancionado con una indemnización a favor del trabajador, que será equivalente a tres veces la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida durante el último año o el tiempo de prestación de servicios, si este fuere menor.
Grupos de pago para hoy
Jubilados y pensionados cuyos haberes no superan los $7266 y sus documentos terminan en 5.
Titulares de la Asignación Universal por Hijo, por Embarazo y PROGRESAR cuyos documentos terminan en 8.
Los calendarios de pagos de todas las prestaciones pueden consultarse en www.anses.gob.ar.